Una juez de Bogotá ordenó provisionalmente a la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa y las Fuerzas Militares abstenerse de realizar operaciones aéreas ofensivas contra objetivos donde exista información cierta o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por grupos armados ilegales.
La decisión fue adoptada por la juez 34 de Familia de Bogotá, Viviana Arciniegas Gómez, mediante una medida cautelar dentro del estudio de una acción de tutela presentada en favor de menores que podrían encontrarse en zonas donde la Fuerza Pública desarrolla operaciones aéreas ofensivas. La orden permanecerá vigente mientras se toma una decisión definitiva sobre la tutela.
De acuerdo con el auto judicial, antes de ejecutar una operación en estas circunstancias, las autoridades deberán adoptar y verificar todas las medidas de precaución y protección necesarias. Además, tendrán que establecer que no existe una alternativa operacional menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo.
La decisión involucra a la Presidencia, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional, cada uno dentro de sus respectivas competencias. La juez fundamentó la medida en la obligación constitucional de brindar una protección reforzada a los menores y en la necesidad de proteger sus derechos a la vida y a la integridad personal.
El juzgado también señaló que existen elementos que permiten advertir una amenaza de carácter “grave e inminente”, teniendo en cuenta información relacionada con operaciones militares recientes en Catatumbo y Guaviare, donde habrían muerto menores de edad.
Sin embargo, la medida no significa que todas las operaciones militares o bombardeos queden suspendidos en Colombia. La orden se aplica específicamente cuando exista información sobre la presencia de menores reclutados o utilizados por grupos armados en el lugar donde se pretenda ejecutar una operación aérea ofensiva. En esos casos, las autoridades deberán demostrar que tomaron las precauciones necesarias y que no existe una opción menos lesiva.
La tutela también vinculó a entidades como la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, el ICBF, la Fiscalía, la Unidad para las Víctimas, Medicina Legal y la Justicia Penal Militar y Policial, que deberán intervenir dentro del proceso según sus competencias.
La decisión judicial abre un nuevo capítulo en la discusión nacional sobre el uso de bombardeos contra estructuras armadas y la protección de menores reclutados por organizaciones ilegales. El debate cobra especial relevancia tras las recientes operaciones militares realizadas en diferentes regiones del país y las denuncias sobre menores que habrían muerto durante estos ataques.