El Juzgado 804 Transitorio de Familia de Bogotá concedió una acción de tutela y ordenó al presidente Abelardo De la Espriella abstenerse, en el ejercicio de sus funciones oficiales, de participar en actos religiosos que impliquen una adhesión o identificación del Estado colombiano con una confesión religiosa determinada. La decisión se fundamenta en el principio de neutralidad religiosa del Estado.
La determinación judicial está relacionada con cuestionamientos sobre la participación del mandatario en actividades de carácter religioso durante eventos oficiales. El fallo busca establecer una separación entre las actuaciones institucionales de la Presidencia y las manifestaciones o prácticas propias de una determinada confesión, de acuerdo con lo señalado por el despacho judicial.
Este no es el primer pronunciamiento judicial sobre las actividades religiosas vinculadas al actual mandatario. Semanas atrás, otro juez de Bogotá había ordenado a De la Espriella ofrecer disculpas públicas por considerar que durante su posesión presidencial se vulneró el principio de neutralidad religiosa del Estado. Esa decisión fue adoptada en primera instancia tras una tutela presentada por un ciudadano.
La nueva decisión vuelve a poner en el centro del debate la relación entre las actuaciones oficiales del presidente y la libertad religiosa en Colombia. El alcance de la orden judicial se concentra en los actos realizados por De la Espriella en ejercicio de sus funciones como presidente, y no en sus creencias personales o en su derecho individual a practicar una religión.